18 octubre, 2013

El Plan del Carbón

A finales del mes pasado, el Ministerio de Industria, los sindicatos y la patronal minera llegaron a un acuerdo sobre los contenidos del Plan del Carbón para el período 2013-2018, acuerdo que fue firmado por las partes a principios de este mes. El denominado “Marco de actuación para la minería del carbón y las comarcas mineras en el período 2013-2018” establece el marco que regulará la minería del carbón hasta 2018, buscando promover las condiciones para la competitividad del mayor número de explotaciones y el cierre de aquellas que no consigan serlo, así como actuaciones para la reactivación de las comarcas mineras y la mejora del medio ambiente. También se pretende mantener una fuente de energía autóctona que contribuya a garantizar el suministro eléctrico y reducir la dependencia energética. Asimismo, dados los efectos contaminantes de la generación mediante carbón, se pretende potenciar la utilización de tecnologías que mejoren el rendimiento medioambiental del carbón y permitan reducciones significativas en las emisiones de CO2.
La industria de extracción de carbón está formada en la actualidad por quince empresas con veinticuatro unidades de producción, dando empleo a 3.407 personas en plantilla propia de las empresas y 1.487 en subcontratas. En 2012 se suministraron 6,3 millones de toneladas de carbón autóctono para la generación de electricidad. El acuerdo comprende el período 2013-2018 en las áreas geográficas en las que actualmente se produce la extracción de carbón pertenecientes a Aragón, Asturias, Castilla y León y Castilla-La Mancha, si bien, con carácter excepcional, también se contemplan actuaciones concretas en Andalucía, Catalunya y Galicia. Se aplicará a todas las empresas que hayan estado recibiendo ayudas a la producción, y más concretamente a aquellas declaradas en el Plan de Cierre.
Para lograr los objetivos propuestos, se establecerán una serie de líneas de ayudas:
1- Ayudas al cierre: destinadas específicamente a cubrir pérdidas de la producción corriente de las unidades de producción, conforme a la Decisión 2010/787/UE del Consejo de la Unión Europea, con la finalidad de facilitar el cierre de las minas de carbón no competitivas. El importe de la ayuda dependerá del poder calorífico superior de los distintos carbones. Se estima que la minería de cielo abierto está cercana a alcanzar el umbral de rentabilidad, por lo que el importe de las ayudas en estas explotaciones se reducirá significativamente en 2013 y 2014, no recibiendo ayudas a partir de 2015. Así, la ayuda promedio será de 1 €/tonelada en 2013 y de 0,5 €/tonelada en 2014. Por su parte, la minería de interior recibirá una ayuda de 30 €/tonelada en 2013, disminuyéndose la ayuda cada año en 5 €/tonelada hasta llegar a 5 €/tonelada en 2018.
2- Ayudas por costes excepcionales: se trata de ayudas destinadas a aliviar las consecuencias sociales y regionales derivadas de la reestructuración y modernización de la industria del carbón. Incluye ayudas destinadas a financiar los procesos de reducción de plantilla en las unidades de producción que cierren y ayudas dirigidas a cubrir los costes de cierre de las unidades de producción y mitigación del impacto medioambiental producido por los cierres. En el primer caso, se trata de ayudas para financiar la baja voluntaria indemnizada de los trabajadores de las unidades de producción que vayan a cerrar y que reúnan unas determinadas características. El importe de la indemnización será de 10.000 euros más 35 días de salario por año trabajado (con un límite de 30 mensualidades).  En el segundo caso, se incluyen ayudas sociales por costes laborales para trabajadores de edad avanzada, que garantizarán el reconocimiento del 70% de la media mensual de la retribución salarial ordinaria bruta, así como las ayudas de carácter medioambiental destinadas a financiar el cierre de las instalaciones y la restauración del espacio natural afectado por la actividad minera.
3- Ayudas para el impulso económico de las comarcas mineras: destinadas a facilitar un desarrollo alternativo de estas comarcas, incluyen medidas de reactivación destinadas a financiar nuevas instalaciones empresariales y a ampliar las existentes, con la finalidad de promover la localización de proyectos de inversión empresarial en las zonas afectadas por la reestructuración de la minería del carbón, así como ayudas al desarrollo alternativo de las comarcas mineras, mediante la ejecución de proyectos de infraestructuras y de restauración de zonas degradadas debido a la actividad minera. Asimismo, también se destinarán recursos a financiar los costes de formación de trabajadores para facilitar su contratación en los puestos de trabajo que creen las empresas en las comarcas mineras y se elaborará un Plan nacional de seguridad minera. También se pretende apoyar el desarrollo de proyectos de captura, transporte y almacenamiento de carbono, así como de otros proyectos de inversión de contenido tecnológico y medioambiental dirigidos a superar las restricciones a las que está sujeto el consumo de carbón.
Existirá una comisión de seguimiento del Plan integrada por representantes de los sindicatos, la patronal y el ministerio, que se reunirá cada tres meses para analizar su evolución, teniendo capacidad interpretativa en el caso de que se produzcan discrepancias de lectura del Plan. Una vez firmado por las partes, el Gobierno deberá elaborar los desarrollos normativos asociados que permitan su cumplimiento, si bien el documento deberá enviarse a Bruselas para su aprobación definitiva.

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