03 diciembre, 2014

Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC) y la tarificación por horas

En entradas anteriores hemos abordado algunos de los cambios en la regulación eléctrica española que han tenido lugar en los últimos meses. En esta entrada continuaremos explorando estos cambios. En este caso enfocándonos en las nuevas opciones de contratación de suministro eléctrico para el pequeño consumidor. Pasados unos prudentes meses desde que la puesta en marcha de los nuevos tipos de contrato, intentaremos analizarlos con cierta perspectiva.
Desde el pasado mes de abril los consumidores con una potencia contratada menor a 10 kW tienen la opción de acogerse al Precio Voluntario del Pequeño Consumidor (PVPC), que viene a sustituir la antigua Tarifa de Último Recurso (TUR) (No es necesaria ninguna gestión para continuar en el PVPC si se tenía contratada la TUR). En este nuevo sistema para determinar el coste de la electricidad, regulado a través del RD 216/2014, se incorpora la novedad de calcular el coste de la energía eléctrica a través del precio del mercado mayorista de electricidad. Con lo cual, para cada hora se obtiene un precio distinto de la electricidad. El resto de costes (peajes de acceso u otros) se fijan de forma anual, así como los costes de comercialización. 
Sin embargo, los problemas de implantación hicieron que su puesta en marcha se retrasara hasta el 1 de julio. Problemas que a día de hoy continúan, tal y como se desprenden de las declaraciones de las eléctricas, debido a las dificultades de la puesta en marcha de la factura horaria (con un coste de la energía diferente cada hora).
En caso de no disponer de un contador inteligente (y mientras no se implemente la factura por horas), se aplica al consumidor una media del mercado ajustada a un perfil de consumo dado. En este enlace de Red Eléctrica se pueden comprobar los precios horarios según el tipo de tarifa (general, nocturna o vehículo eléctrico). Asimismo se pone a disposición otra web donde se puede conocer el término de energía aplicada en la factura.
Con este nuevo sistema se cierra el hueco dejado por las extintas subastas CESUR (Contratos de Energía para el Suministro de Último Recurso), para el fijación del precio de la electricidad del PVPC. Las cuales terminaron de forma abrupta con la anulación de la subasta de diciembre de 2013 por “circunstancias atípicas en el desarrollo de la misma” que incrementarían fuertemente los precios para los siguientes tres meses. Por este motivo, el gobierno fijó un precio temporal a la espera de un nuevo sistema de precios. El que aquí se describe.
Este nuevo sistema de tarifas ligadas al precio variable de la energía permite trasladar al consumidor mayor poder de gestión de su demanda de energía eléctrica, ya que adquiere cierta capacidad para variar su consumo y optimizarlo económicamente. Esto siempre y cuando disponga de un contador inteligente con capacidad para realizar mediciones horarias, además de la red de comunicación habilitada para ello. He aquí el quid de la cuestión. ¿Cuántos contadores con posibilidad de medir el consumo horario hay instalados en España?
Según la Orden IET/290/2012, a finales de este año el 35% de los contadores de menos de 15 kW deben tener la posibilidad de discriminación horaria y telegestión. Para finales de 2018 el 100% del parque de contadores debe poseer estas características. Sin embargo, algunos de los requisitos no sirven para aprovechar el precio horario del PVPC.
Para el informe de la CNMC presentado en abril de este año sobre la sustitución de contadores, los actuales contadores inteligentes instalados no disponen de información del consumo más allá que el que proporciona el visor de mando del contador. Por lo tanto, la capacidad del consumidor para gestionar su demanda y de esta forma ahorrar económicamente en su consumo está anulada. 
Por otra parte, como ya hemos comentado, las compañías eléctricas están pidiendo más tiempo para implementar la facturación por horas de la electricidad debido a la complejidad que conlleva y a la falta de infraestructura. En este sentido, la CNMC propone, dando un periodo de prueba de 3 meses a los distribuidores, que las comercializadoras comiencen el próximo 1 de abril de 2015 a facturar con el nuevo sistema por horas. Estos plazos deben ser confirmados por el ministerio.
Además del PVPC, existe la alternativa de contratar un precio fijo anual para aquellos consumidores que no deseen estar sujetos a la incertidumbre de un precio variable. De este modo, las comercializadoras de referencia (encargadas de ofertar los contratos regulados) deben ofrecer estas dos modalidades de contrato reguladas. 
Por último, la tercera alternativa es la contratación bilateral entre cliente y comercializadora en el mercado libre, según los precios y condiciones pactados entre las partes. La CNMC dispone de un servicio de comparación de ofertas de energía (comparadorofertasenergia.cnmc.es) que permite comparar ofertas de gas y electricidad. Aunque en este comparador no se tiene en cuenta el PVPC por su condición de variable.
El nuevo abanico de tipos de contratación que se está desplegando para el pequeño consumidor abre la posibilidad de un mayor control de su consumo eléctrico. Sin embargo, ese control, que en el nuevo modelo de factura eléctrica (obligatorio desde el pasado mes de octubre) corresponde a los conceptos de coste de la energía más el término variable del peaje de acceso, puede ser considerado menor en comparación con el resto de destinos del importe total de la factura eléctrica. Por tanto, se puede desaprovechar, en este sentido, la capacidad de gestión del consumo que posibilita la tarificación horaria. En unos meses tendremos respuestas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios están sujetos a moderación. No se publicarán comentarios bajo el título de anónimo, pero sí con otro nombre.